Nirje en Suecia y Bank-Mikkelsen en Dinamarca
fueron los primeros que enunciaron el principio de normalización y, como
aplicación del mismo, propugnaron la integración de las personas con
deficiencias en el centro ordinario, para atenderlo según sus necesidades.
En 1975 la ONU formuló la Normas Uniformes
sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, en la
que se cita como derecho fundamental la dignidad de la persona, de lo que se
derivarán el resto de los derechos.
En 1978 la Secretaría de Educación del Reino
Unido publica el Informe Warnock. En él se populariza el término NEE, que
tendría primacía en lugar de EE. Asimismo, este informe distingue 3 tipos de
integración:
Integración social: se trata de compartir
actividades extracurriculares o espacios como el patio. No existe currículum
común.
Integración física: se da en los centros
ordinarios con aulas de educación especial, o cuando alumnos
"normales" (sin discapacidad) y alumnos con discapacidad comparten
algunos servicios del centro. No existe currículum común.
Integración funcional: consiste en compartir
total o parcialmente el currículum.
Si bien este informe propone un modelo de
integración verdaderamente simple, puede considerarse la base de la concepción
contemporánea de la EE, puesto que por vez primera se enfocan los problemas del
alumno no sólo partiendo de sus limitaciones, sino centrándose en la provisión
de los recursos y servicios de apoyo necesarios que los compensen para el logro
de unas capacidades mínimas iguales para todos los alumnos.
Poco después de la publicación del Informe
Warnock se celebró en Dinamarca la conferencia Una escuela para todos, en la
que se hace hincapié en la individualización de los servicios educativos como
base para el éxito de la integración. Si hasta entonces la integración se
entendía como la adaptación de colectivos más o menos homogéneos a la escuela
ordinaria, ahora las personas con discapacidad –como las que no la presentan–
no son iguales entre sí, sino que tienen necesidades muy distintas, que deberán
ser evaluadas y compensadas por el centro educativo, haciendo uso de recursos e
instrumentos varios. El alumno puede presentar así un continuo de situaciones
que generará múltiples tipos de respuesta y diferentes modalidades de
escolarización. Se genera así el concepto de escuela inclusiva, que acepta a
todos los alumnos como básicamente diferentes, sean cuales sean sus
circunstancias personales y sociales.
Por último, la Constitución Europea sienta
las bases, en sus artículos II-81.1 y II.86, de la actuación de los poderes públicos
en la promoción de la no discriminación y de la acción positiva como bases para
asegurar la integración social de los individuos.
Todos los países europeos están adaptando la
educación especial de acuerdo con los principios de normalización, integración
e inclusión, y con la concepción de la educación como un servicio prestado a la
ciudadanía. Sin embargo, existen pequeñas diferencias de matiz que dan lugar a
las siguientes tendencias:
Sistemas integrados: procuran la integración
en la escuela ordinaria de las personas con discapacidad. Es el modelo de
España, Italia, Reino Unido, Suecia y Dinamarca.
Sistemas separados: pretenden el desarrollo
del campo de la EE, como un subsistema lo más específico posible, adaptado al
máximo a las características de los distintos tipos de déficit. Es el sistema
de Alemania, Bélgica, Holanda o Luxemburgo.
Sistemas mixtos: se pretende la integración
en el marco de la escuela ordinaria y de la especial a tiempo parcial. Es el
modelo de Francia, Portugal e Irlanda.
A pesar de estos matices, pueden observarse
pautas comunes de actuación:
Ø Aplicación del principio de normalización.
Ø La integración es el objetivo final de todos
los sistemas educativos europeos.
Ø No se excluye de la educación a ningún
individuo.
Ø Integración o incorporación de la educación
especial en la educación primaria o básica
Ø Existencia de equipos multidisciplinares y
medios técnicos de apoyo a la integración.